lunes, octubre 06, 2008

LEY DE ORDENACION TERRITORIAL NO USURPA ATRIBUCIONES DE GOBERNADORES Y ALCALDES

ENVIADO POR CESAR MEJIA
VENEZUELA

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL TERRITORIO

Manuel Briceño: Ley de Ordenación Territorial no usurpa atribuciones de gobernadores y alcaldes



Jueves, 02 de Octubre de 2008 - 18:11:23



El diputado Manuel Briceño desechó los cuestionamientos que han formulado factores de la oposición a la Ley de Ordenación Territorial, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional, y manifestó que la nueva legislación pretende hacer mucho más ágil la función del Gobierno nacional.



El diputado Manuel Briceño desechó los cuestionamientos que han formulado factores de la oposición a la Ley de Ordenación Territorial, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional, y manifestó que la nueva legislación pretende hacer mucho más ágil la función del Gobierno nacional.



Explicó que se trata de un texto que tiene que ver con los proyectos regionales de manera integral, pero que en el escenario político se ha querido decir que se está metiendo de contrabando.

También desestimó los señalamientos referidos a la limitación de las atribuciones de gobernadores y alcaldes. “Para nada, yo invitaría a que se lean la ley con detenimiento para que vean que, al contrario, la instancia regional para nada usurpa las competencias políticas que tiene un gobernador o un alcalde, ni significa un instrumento de concentración de poder en la presidencia de la República”.

Lo que significa –expresó– es que se va a concretar lo que ha venido diciendo el presidente de la República hace mucho rato, abrir los espacios, profundizar la descentralización. En este momento la estructura del Estado en la reforma que vino de la Copre llegó simplemente a crear 358 instancias de gestión pública y hasta allí llegó la descentralización.
“Cuando se incorporan los consejos comunales y la ley de consejos comunales establece, en el artículo 2 de este instrumento legal, que tiene competencia para gestionar políticas públicas, el marco de descentralización se amplía.

Puedo decir que en este momento hay cerca de 50 mil consejos comunales operando cada uno con un proyecto y eso es hacer políticas publicas”.
Indicó que esto significa que de 358 instancias que tenían competencias se ampliará el número de consejos comunales que realmente puedan formular proyectos para cubrir sus requerimientos, de manera que el escenario es inmenso.

Sobre el temor del sector privado, que ha manifestado que con la ley les van a quitar sus propiedades, el parlamentario respondió categóricamente de manera negativa y destacó que “ese es otro elemento importante porque los planes de ordenamiento territorial para nada afectan la propiedad, hay otros mecanismos que sí lo hacen. Ese no es un invento nuevo, expropiaciones ha habido por utilidad pública desde hace mucho tiempo. Para construir un sistema de transporte masivo, por ejemplo, como el Metro, hay afectaciones por utilidad pública”.

Explicó que el ordenamiento territorial, básicamente, conduce a reglamentar el uso del suelo, conforme a unas condiciones geográficas, culturales o económicas. “A cada lugar se le asigna un uso, de acuerdo con la potencialidad. Eso para nada invalida la propiedad privada”.

Indicó que no se trata de desalojos, “se trata de un uso que se debe cumplir, por ejemplo, las ciudades tienen planes y zonificaciones que establecen el uso residencial, recreativo e industrial o comercial. Habrá asignaciones de uso en el ordenamiento del territorio”.

Indicó que inclusive la ley establece incentivos económicos cuando un particular es afectado por el cambio de uso de la tierra.

Al concluir, reiteró que los cuestionamientos de la oposición son parte del discurso político. “Eso está bien claro, se quiere desprestigiar a la Asamblea Nacional tergiversando los contenidos de la ley y en algunos programas de opinión se sacan con pinza algunas palabras del texto”. Esta ley tiene 206 artículos, y no se puede leer por pequeñas partes, sino en forma correlativa, como cualquier ley.

Dijo, finalmente, que se trata de una ley muy clara que se ajusta a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que en su artículo 128 establece que la ordenación del territorio estará sujeta a una ley orgánica que desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.

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