viernes, julio 27, 2007

LA HISTORIA ME ABSOLVERA - 2DA PARTE

DR. FIDEL CASTRO RUZ
Continuación:

Como resultado de tantas maquinaciones turbias e ilegales, por voluntad de los que mandan y debilidad de los que juzgan, heme aquí en este cuartico del Hospital Civil, adonde se me ha traído para ser juzgado en sigilo, de modo que no se me oiga, que mi voz se apague y nadie se entere de las cosas que voy a decir. ¿Para qué se quiere ese imponente Palacio de Justicia, donde los señores magistrados se encontrarán, sin duda, mucho más cómodos? No es conveniente, os lo advierto, que se imparta justicia desde el cuarto de un hospital rodeado de centinelas con bayonetas calada, porque pudiera pensar la ciudadanía que nuestra justicia está enferma... y está presa.
Os recuerdo que vuestras leyes de procedimiento establecen que el juicio será "oral y público"; sin embargo, se ha impedido por completo al pueblo la entrada en esta sesión. Sólo han dejado pasar dos letrados y seis periodistas, en cuyos periódicos la censura no permitirá publicar una palabra. Veo que tengo por único público, en la sala y en los pasillos, cerca de cien soldados y oficiales. ¡Gracias por la seria y amable atención que me están prestando! ¡Ojalá tuviera delante de mí todo el Ejército! Yo sé que algún día arderá en deseos de lavar la mancha terrible de vergüenza y de sangre que han lanzado sobre el uniforme militar las ambiciones de un grupito desalmado. Entonces ¡ay de los que cabalgan hoy cómodamente sobre sus nobles guerreras... si es que el pueblo no los ha desmontado mucho antes!
Por último, debo decir que no se dejó pasar a mi celda en la prisión ningún tratado de derecho penal. Sólo puedo disponer de este minúsculo código que me acaba de prestar un letrado, el valiente defensor de mis compañeros: doctor Baudilio Castellanos. De igual modo se prohibió que llegaran a mis manos los libros de Martí; parece que la censura de la prisión los consideró demasiado subversivos. ¿O será porque yo dije que Martí era el autor intelectual del 26 de Julio? Se impidió, además, que trajese a este juicio ninguna obra de consulta sobre cualquier otra materia. ¡No importa en absoluto! Traigo en el corazón las doctrinas del Maestro y en el pensamiento las nobles ideas de todos los hombres que han defendido la libertad de los pueblos.
Sólo una cosa voy a pedirle al tribunal; espero que me la conceda en compensación de tanto exceso y desafuero como ha tenido que sufrir este acusado sin amparo alguno de las leyes: que se respete mi derecho a expresarme con entera libertad. Sin ello no podrán llenarse ni las meras apariencias de justicia y el último eslabón sería, más que ningún otro, de ignominia y cobardía.
Confieso que algo me ha decepcionado. Pensé que el señor fiscal vendría con una acusación terrible, dispuesto a justificar hasta la saciedad la pretensión y los motivos por los cuales en nombre del derecho y de la justicia —y ¿de qué derecho y de qué justicia? —se me debe condenar a veintiséis años de prisión. Pero no. Se ha limitado exclusivamente a leer el artículo 148 del Código de Defensa Social, por el cual, más circunstancias agravantes, solicita para mí la respetable cantidad de veintiséis años de prisión. Dos minutos me parece muy poco tiempo para pedir y justificar que un hombre se pase a la sombra más de un cuarto de siglo. ¿Está por ventura el señor fiscal disgustado con el tribunal? Porque, según observo, su laconismo en este caso se da de narices con aquella solemnidad con que los señores magistrados declararon, un tanto orgullosos, que éste era un proceso de suma importancia, y yo he visto a los señores fiscales hablar diez veces más en un simple caso de drogas heroicas para solicitar que un ciudadano sea condenado a seis meses de prisión. El señor fiscal no ha pronunciado una sola palabra para respaldar su petición. Soy justo..., comprendo que es difícil, para un fiscal que juró ser fiel a la Constitución de la República, venir aquí en nombre de un gobierno inconstitucional, factual, estatuario, de ninguna legalidad y menos moralidad, a pedir que un joven cubano, abogado como él, quizás... tan decente como él, sea enviado por veintiséis años a la cárcel. Pero el señor fiscal es un hombre de talento y yo he visto personas con menos talento que él escribir largos mamotretos en defensa de esta situación. ¿Cómo, pues, creer que carezca de razones para defenderlo, aunque sea durante quince minutos, por mucha repugnancia que esto le inspire a cualquier persona decente? Es indudable que en el fondo de esto hay una gran conjura.
Señores magistrados: ¿Por qué tanto interés en que me calle? ¿Por qué, inclusive, se suspende todo género de razonamientos para no presentar ningún blanco contra el cual pueda yo dirigir el ataque de mis argumentos? ¿Es que se carece por completo de base jurídica, moral y política para hacer un planteamiento serio de la cuestión? ¿Es que se teme tanto a la verdad? ¿Es que se quiere que yo hable también dos minutos y no toque aquí los puntos que tienen a ciertas gentes sin dormir desde el 26 de julio’ Al circunscribirse la petición fiscal a la simple lectura de cinco líneas de un artículo del Código de Defensa Social, pudiera pensarse que yo me circunscriba a lo mismo y dé vueltas y más vueltas alrededor de ellas, como un esclavo en torno a una piedra de molino. Pero no aceptaré de ningún modo esa mordaza, porque en este juicio se está debatiendo algo más que la simple libertad de un individuo: se discute sobre cuestiones fundamentales de principios, se juzga sobre el derecho de los hombres a ser libres, se debate sobre las bases mismas de nuestra existencia como nación civilizada y democrática. Cuando concluya, no quiero tener que reprocharme a mí mismo haber dejado principio por defender, verdad es decir, ni crimen sin denunciar.
El famoso articulejo del señor fiscal no merece ni un minuto de réplica. Me limitaré, por el momento, a librar contra él una breve escaramuza jurídica, porque quiero tener limpio de minucias el campo para cuando llegue la hora de tocar el degüello contra toda la mentira, falsedad, hipocresía, convencionalismos y cobardía moral sin límites en que se basa esa burda comedia que, desde el 10 de marzo y aun antes del 10 de marzo, se llama en Cuba Justicia.
Es un principio elemental de derecho penal que el hecho imputado tiene que ajustarse exactamente al tipo de delito prescrito por la ley. Si no hay ley exactamente aplicable al punto controvertido, no hay delito.
El artículo en cuestión dice textualmente: "Se impondrá una sanción de privación de libertad de tres a diez años al autor de un hecho dirigido a promover un alzamiento de gentes armadas contra los Poderes Constitucionales del Estado. La sanción será de privación de libertad de cinco a veinte años si se llevase a efecto la insurrección."
¿En qué país está viviendo el señor fiscal? ¿Quién le ha dicho que nosotros hemos promovido alzamiento contra los Poderes Constitucionales del Estado? Dos cosas resaltan a la vista. En primer lugar, la dictadura que oprime a la nación no es un poder constitucional, sino inconstitucional; se engendró contra la Constitución, por encima de la Constitución, violando la Constitución legítima de la República. Constitución legítima es aquella que emana directamente del pueblo soberano. Este punto lo demostraré plenamente más adelante, frente a todas las gazmoñerías que han inventado los cobardes y traidores para justificar lo injustificable. En segundo lugar, el artículo habla de Poderes, es decir, plural, no singular, porque está considerado el caso de una república regida por un Poder Legislativo, un Poder Ejecutivo y un Poder Judicial que se equilibran y contrapesan unos a otros. Nosotros hemos promovido rebelión contra un poder único, ilegítimo, que ha usurpado y reunido en uno solo los Poderes Legislativos y Ejecutivo de la nación, destruyendo todo el sistema que precisamente trataba de proteger el artículo del Código que estamos analizando. En cuanto a la independencia del Poder Judicial después del 10 de marzo, ni hablo siquiera, porque no estoy para bromas... Por mucho que se estire, se encoja o se remiende, ni una sola coma del artículo 148 es aplicable a los hechos del 26 de Julio. Dejémoslo tranquilo, esperando la oportunidad en que pueda aplicarse a los que sí promovieron alzamiento contra los Poderes Constitucionales del Estado. Más tarde volveré sobre el Código para refrescarle la memoria al señor fiscal sobre ciertas circunstancias que lamentablemente se le han olvidado.
Os advierto que acabo de empezar. Si en vuestras almas queda un latido de amor a la patria, de amor a la humanidad, de amor a la justicia, escucharme con atención. Sé que me obligarán al silencio durante muchos años; sé que tratarán de ocultar la verdad por todos los medios posibles; sé que contra mí se alzará la conjura del olvido. Pero mi voz no se ahogará por eso: cobra fuerzas en mi pecho mientras más solo me siento y quiero darle en mi corazón todo el calor que le niegan las almas cobardes.
Escuché al dictador el lunes 27 de julio, desde un bohío de las montañas, cuando todavía quedábamos dieciocho hombres sobre las armas. No sabrán de amarguras e indignaciones en la vida los que no hayan pasado por momentos semejantes. Al par que rodaban por tierra las esperanzas tanto tiempo acariciadas de liberar a nuestro pueblo, veíamos al déspota erguirse sobre él, más ruin y soberbio que nuca. El chorro de mentiras y calumnias que vertió en su lenguaje torpe, odioso y repugnante, sólo puede compararse con el chorro enorme de sangre joven y limpia que desde la noche antes estaba derramando, con su conocimiento, consentimiento, complicidad y aplauso, la más desalmada turba de asesinos que pueda concebirse jamás. Haber creído durante un solo minuto lo que dijo es suficiente falta para que un hombre de conciencia viva arrepentido y avergonzado toda la vida. No tenía ni siquiera, en aquellos momentos, la esperanza de marcarle sobre la frente miserable la verdad que lo estigmatice por el resto de sus días y el resto de los tiempos, porque sobre nosotros se cerraba ya el cerco de más de mil hombres, con armas de mayor alcance y potencia, cuya consigna terminante era regresar con nuestros cadáveres. Hoy, que ya la verdad empieza a conocerse y que termino con estas palabras que estoy pronunciando la misión que me impuse, cumplida a cabalidad, puedo morir tranquilo y feliz, por lo cual no escatimaré fustazos de ninguna clase sobre los enfurecidos asesinos.
Es necesario que me detengan a considerar un poco los hechos. Se dijo por el mismo gobierno que el ataque fue realizado con tanta precisión y perfección que evidenciaba la presencia de expertos militares en la elaboración del plan. ¡Nada más absurdo! El plan fue trazado por un grupo de jóvenes ninguno de los cuales tenía experiencia militar; y voy a revelar sus nombres, menos dos de ellos que no están ni muertos mi presos: Abel Santamaría, José Luis Tasende, Renato Guitart Rosell, Pedro Miret, Jesús Montané y el que les habla. La mitad han muerto, y en justo tributo a su memoria puedo decir que no eran expertos militares, pero tenían patriotismo suficiente para darles, en igualdad de condiciones, una soberana paliza a todos los generales del 10 de marzo juntos, que no son ni militares ni patriotas. Más difícil fue organizar, entrenar y movilizar hombres y armas bajo un régimen represivo que gasta millones de pesos en espionaje, soborno y delación, tareas que aquellos jóvenes y otros muchos realizaron con seriedad, discreción y constancia verdaderamente increíbles; y más meritorio todavía será siempre darle a un ideal todo lo que se tiene y, además, la vida.

Continuara

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