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ESPAÑA
Constituyen Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba
Alejandro Gómez
La Habana, 24 feb (PL)
La séptima legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba quedará constituida hoy cuando tomen posesión los 614 diputados electos en el segundo momento de los comicios generales, efectuado del 20 de enero pasado.
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Esta será la primera ocasión, desde 1976, en que el líder de la Revolución, Fidel Castro, estará ausente de la postulación para el cargo de presidente del Consejo de Estado del país, ya que hace cinco días anunció que no aspirará ni aceptará su reelección.
De ahí que adquiera relevancia especial la nominación y elección del nuevo presidente de la máxima representación estatal cubana para un período de cinco años.
El actual sistema de gobierno en Cuba fue aprobado por el 97,7 por ciento de los electores en referendo efectuado el 24 de febrero de 1976 y el 2 de diciembre de ese mismo año se instaló la primera legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
La sesión constitutiva de la séptima legislatura comenzará a las 10:00, hora local, en el capitalino Palacio de las Convenciones, bajo la dirección de la presidenta de la Comisión Electoral Nacional (CEN), María Esther Reus.
Reus dará lectura a la relación de los diputados y los demás miembros de la CEN examinarán y validarán los certificados de elección de cada uno de ellos.
Cumplido ese requisito, la titular de la CEN declarará su validez, informará la composición social y una vez comprobado el quórum, se escucharán las notas del Himno Nacional, se producirán el juramento de los diputados y su firma, y quedará constituida la Asamblea Nacional.
Seguidamente se realizarán, por separado, la nominación y elección de quienes entre ellos ocuparán los cargos de presidente, vicepresidente y secretario del Parlamento.
Con posterioridad, la nominación y elección de quienes entre ellos desempeñarán los cargos de presidente, primer vicepresidente, cinco vicepresidentes, secretario y demás miembros del Consejo de Estado.
Los propuestos para ocupar esas altas responsabilidades surgieron de un amplio proceso de consultas realizado por la Comisión de Candidaturas Nacional (CCN), integrada por representantes de las organizaciones civiles cubanas.
A la presidenta de la CCN, Amarilys Pérez, corresponderá presentar a la consideración de los diputados los dos proyectos de candidaturas y explicar los fundamentos que rigieron su elaboración.
Por su parte, la presidenta de la Comisión Electoral Nacional, someterá a la aprobación de los diputados ambos proyectos de candidatura y conducirá los respectivos escrutinios, los cuales se efectuarán mediante voto secreto y directo.
Conforme a lo establecido en la Ley Electoral se declararán elegidos a los que hayan obtenido más del 50 por ciento de los votos válidos emitidos.
La Constitución cubana establece que "en la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado".
Agrega que "ese poder es ejercido directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes".
Asimismo, el Consejo de Estado es el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular que la representa entre uno y otro período de sesiones, ejecuta los acuerdos de ésta y cumple las demás funciones que la Constitución le atribuye.
Además tiene carácter colegiado y, a los fines nacionales e internacionales, ostenta la suprema representación del Estado cubano.
leg/ale PL-2
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